En el Estudio de Impacto Ambiental y Social –EIAS de la etapa de factibilidad no se identificó que, por la ejecución del proyecto, se afecte algún acuífero en el área de influencia. No obstante, y como parte de las obligaciones establecidas en el contrato de concesión No. 163 de 2019, el concesionario tendrá la obligación de actualizar la caracterización de la línea base para la el medio abiótico, en su componente hidrogeológico. Así mismo, deberá actualizar el Plan de manejo ambiental y social y el Plan de monitoreo y seguimiento, incluyendo las medidas de prevención, mitigación, control y compensación de los impactos identificados.